Regularización de extranjeros en España – 2026
Revisión de requisitos y tramitación con abogados de extranjería.

¿Qué es la regularización?
La regularización de extranjeros prevista para 2026 es un procedimiento extraordinario anunciado por el Gobierno para personas extranjeras que ya se encontraban en España con anterioridad al 31 de diciembre de 2025 y que, a día de hoy, no disponen de autorización de residencia.
Este proceso tiene como finalidad permitir el acceso a una situación administrativa regular a quienes puedan acreditar una permanencia continuada en el país y el cumplimiento de una serie de requisitos documentales que serán valorados por la Oficina de Extranjería correspondiente. En la práctica, esta medida se enmarca dentro de la regularización de inmigrantes en 2026, orientada a facilitar la obtención de un permiso de residencia conforme a la normativa aplicable.
La solicitud exige, entre otros aspectos, la acreditación de la identidad del solicitante, su empadronamiento, la ausencia de antecedentes penales y la prueba de permanencia efectiva en España durante el periodo exigido, conforme a los criterios que se concreten definitivamente en la normativa de aplicación.
En UTEX CLM analizamos cada caso de forma individual, revisando la documentación disponible y valorando la viabilidad real del expediente antes de iniciar cualquier trámite, con el objetivo de evitar errores, inadmisiones o retrasos innecesarios en el procedimiento.
¿Puedo acogerme a la regularización 2026?
Este procedimiento está dirigido a personas extranjeras que ya se encontraban en España con anterioridad al 31 de diciembre de 2025 y que, en la actualidad, no disponen de una autorización de residencia en vigor, situación que comúnmente se identifica como regularización para personas inmigrantes sin papeles en España.
Para iniciar la regularización es necesario cumplir una serie de requisitos básicos imprescindibles. Aunque cada situación debe analizarse de forma individual, estos son los elementos que deben acreditarse desde el inicio del procedimiento:
- Pasaporte completo en vigor, escaneado en un único documento PDF, incluyendo todas las páginas.
- Certificado de empadronamiento histórico con fecha anterior al 31 de diciembre de 2025.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, que debe estar:
- actualizado (con una validez máxima de 3 meses),
- debidamente apostillado,
- y traducido conforme a los requisitos exigidos en España.
- Acreditación de la permanencia en España durante los últimos 5 meses, mediante documentación válida.
En relación con la prueba de permanencia, y a falta de concreción definitiva por parte de la Oficina de Extranjería, se está tomando como referencia, con carácter orientativo, documentación comprendida entre los meses de noviembre de 2025 y marzo de 2026.
En todo caso, la documentación válida deberá ajustarse a lo que finalmente establezca la normativa y a los criterios aplicados por la Oficina competente.
¿Qué ocurre si resido en España y no dispongo de certificado de empadronamiento?
Si dispones de un contrato de alquiler de habitación y/o recibos de pago del alquiler, se podrá valorar esta documentación como medio válido para acreditar tu situación, siempre tras una revisión individual del caso.
¿Qué documentación sirve para acreditar la permanencia de 5 meses en España?
Para demostrar la permanencia efectiva en el país durante el periodo exigido, pueden utilizarse distintos tipos de documentación, entre otros:
- Recibos de pago del alquiler de habitación.
- Citas médicas o certificados de asistencia sanitaria.
- Justificantes de envíos de dinero.
- Recargas de bonos de transporte público.
- Facturas de compra en las que consten tus datos (teléfonos móviles, etc.).
- Billetes nominales de tren o autobús.
- Certificados de asistencia emitidos por Cruz Roja, Cáritas u otras entidades sin ánimo de lucro.
- Justificantes de envío de cartas o paquetes (Correos, GLS, DHL, MRW, etc.).
- Certificados de asistencia a cursos de formación.
¿El certificado de antecedentes penales debe estar actualizado?
Sí. El certificado de antecedentes penales tiene una validez de 3 meses. Por este motivo, se recomienda solicitarlo a finales del mes de febrero, de forma que mantenga su validez cuando el servicio comience a primeros de abril.

Trabajar durante la tramitación
Una vez que el expediente de regularización sea admitido a trámite, la persona solicitante podrá darse de alta para trabajar, sin necesidad de esperar a que exista una resolución favorable definitiva.
Esta posibilidad se produce a partir de la admisión a trámite y conforme al procedimiento previsto, por lo que resulta fundamental que la solicitud se presente de forma correcta y con la documentación adecuada desde el inicio.
Importante: la admisión a trámite no equivale a la concesión automática del permiso. Cada expediente es valorado de forma individual por la Oficina de Extranjería competente.
Cuando tu expediente de regularización es admitido a trámite, además de la posibilidad de trabajar de forma legal, se genera una autorización provisional de residencia y trabajo válida mientras se resuelve la solicitud y conforme al procedimiento previsto por la Administración.
Según lo comunicado por las fuentes oficiales, se espera que el periodo para presentar las solicitudes se abra desde abril hasta finales de junio de 2026, siempre de acuerdo con la normativa definitiva que se publique.
Esta autorización provisional tiene, en la mayoría de casos, una validez inicial de un año, tras la cual podrá renovarse o transformarse en un permiso regular conforme al Reglamento de Extranjería aplicable.
Revisa tu caso con abogados de extranjería
UTEX CLM es un equipo de abogados de extranjería con más de 15 años de experiencia, especializados en procedimientos de regularización de extranjeros y en la tramitación de permisos de residencia ante la Oficina de Extranjería competente.
Nuestro trabajo no se limita a la presentación de la solicitud. Revisamos la documentación, preparamos el expediente y realizamos el seguimiento completo del procedimiento hasta su resolución, utilizando un enfoque que permite afrontar el proceso con mayor tranquilidad, evitando gastos imprevistos y garantizando una defensa continuada del expediente.
Contacto rápido
Si todavía tienes dudas sobre el procedimiento o necesitas ayuda para saber qué documentación debes preparar, puedes contactar con nosotros directamente.
Este canal está pensado para una primera orientación: resolver cuestiones básicas, aclarar si encajas en el proceso y explicarte qué pasos debes dar antes de iniciar la tramitación formal.
Puedes llamarnos o escribirnos:
653 982 106
624 075 017
613 192 557
Iniciar solicitud (si ya tienes la documentación)
Si ya dispones de los documentos principales, puedes adjuntarlos aquí para iniciar la revisión del expediente. Si falta algo, te lo indicaremos.
- Pasaporte completo (todas las páginas, en un único PDF)
- Empadronamiento histórico (anterior al 31 de diciembre de 2025)
- Antecedentes penales (actualizados, apostillados y traducidos)
- Prueba de permanencia (últimos 5 meses)
Puedes adjuntar ahora la documentación o enviarla más adelante.
La identidad del responsable que trata sus datos personales es: UTEX CLM S.L., con NIF-CIF B44682888, dirección C/ RIOS ROSAS, NUM 100 ALBACETE, y email info@utexclm.com. Tratamos sus datos registrados con las siguientes finalidades: Gestión de las peticiones de información recibidas por el interesado sobre nuestros productos o servicios y para realizar campañas publicitarias. La legitimación para tratar sus datos es: El interés legítimo del responsable para contestar su solicitud. Su consentimiento expreso para enviarle publicidad de nuestros servicios y/o productos (siempre que dé su consentimiento expreso en el apartado inferior). ¿Qué derechos puede ejercer cuando nos facilita sus datos? Usted puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación, oposición al tratamiento y oposición a la toma de decisiones automatizadas, así como interponer reclamaciones ante la autoridad de control.
Oficinas y delegaciones disponibles
Puedes elegir la oficina más cercana o la que te resulte más cómoda para la gestión de tu expediente. Cada delegación dispone de sus propios datos de contacto y atención personalizada.
Durante el proceso de solicitud, podrás indicar en qué ciudad deseas ser atendido, de forma que el seguimiento del expediente se realice desde la oficina correspondiente. Esta estructura permite ofrecer atención jurídica especializada en distintas ciudades, adaptando el servicio a la situación de cada solicitante.
Albacete
- Paseo de Cuba 2, entreplanta 1 oficina 5 - Albacete – 02001
- albacete@utexclm.com
- 653982106
- Horario: L- V de 8:00 a 13:30 y de 16:30 a 19:30
Castellón de la Plana
- Gran Vía de Tàrrega Monteblanco 12 - Castellón de la Plana
- castellon@utexclm.com
- 623720742
- Horario: L- V de 8:00 a 13:30 y de 16:30 a 19:30
Benidorm
- Próximamente
Valencia
- C/ Democracia, 42 - Valencia - 46018
- valencia@utexclm.com
- Teléfono por determinar
- Horario: L- V de 8:00 a 13:30 y de 16:30 a 19:30
Madrid Central
- C/ Guzmán el Bueno 62, local 6 - Madrid - 28015
- Estación de metro más cercana: Islas Filipinas, línea 7
- madridcentral@utexclm.com
- 656421858
- Horario: Todos los días de la semana
Madrid Sur
- Próximamente
Dudas frecuentes sobre la regularización
¿Qué ocurre si tengo antecedentes penales antiguos o cancelados?
La existencia de antecedentes penales no implica automáticamente la imposibilidad de iniciar el procedimiento, pero sí requiere un análisis detallado del caso.
En función del tipo de antecedentes, su antigüedad y su posible cancelación, puede valorarse la viabilidad del expediente antes de presentar la solicitud.
¿Puedo iniciar la revisión del caso aunque aún no tenga toda la documentación?
Sí. Es posible iniciar la revisión del caso aunque no dispongas todavía de toda la documentación, con el fin de valorar tu situación y orientarte sobre qué documentos conviene preparar.
La presentación de la solicitud ante la Oficina de Extranjería solo se realiza cuando el expediente está completo y correctamente preparado.
¿Cuándo sabré si mi solicitud ha sido admitida a trámite?
La admisión a trámite se comunica una vez que la Oficina de Extranjería revisa la solicitud presentada y verifica que el expediente está completo.
Los plazos pueden variar en función del volumen de solicitudes y del criterio de la oficina competente, por lo que resulta fundamental presentar el expediente correctamente desde el inicio para evitar retrasos o requerimientos.
¿Qué ocurre si mi solicitud es inadmitida o denegada?
En caso de inadmisión, requerimiento o resolución desfavorable, UTEX CLM analiza el expediente y, si procede, prepara y presenta los recursos administrativos correspondientes. Estos recursos se presupuestan de forma independiente en función del caso concreto y del trabajo necesario.